FLASH FISCAL: Relación de los socios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero de personas morales residentes en México.

Resolución Miscelánea Fiscal , socios, accionistas, asociados, extranjeros

Las personas morales residentes en México que tengan socios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero y que opten por no inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), se encuentran obligadas a presentar dentro de los tres meses al cierre de cada ejercicio, una relación de dichos socios, en la que se indique su domicilio, residencia fiscal y número de identificación fiscal, de conformidad con lo señalado en el Apartado A, cuarto párrafo del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y la ficha de trámite 139/CFF contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2020. 

Cabe señalar que la relación de accionistas residentes en el extranjero deberá presentarse mediante la forma Oficial 96 “Relación de Socios, Accionistas o Asociados Residentes en el Extranjero”. 

Por lo anterior, es importante que las compañías que se ubiquen en el supuesto del CFF antes comentado, efectúen él envió de la relación de accionistas residentes en el extranjero, evitando con ello la obligación de inscripción por parte de sus accionistas en el RFC, así como las sanciones administrativas a que haya lugar. 

Atentamente,

Cuitláhuac Soria De Anda | Fernando E. Roldan López

Socios

csoria@sryasociados.com | froldan@sryasociados.com