Boletín Fiscal: Primera modificación a la RMF 2019

Boletín Fiscal, RFM 2019, Modificacion

Con fecha 20 de agosto de 2019, y después de tres versiones anticipadas de fechas: 28 de junio, 24 de julio y 15 de agosto de 2019, la SHCP publicó en el DOF la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2019 y sus anexos 1 y 1-A. misma que entró en vigor al día siguiente de su publicación. 

Por otra parte, se reforman los anexos 1, 1-A, 3, 7, 11, 14, 15, 23, 24, 30, 31 y 32 de la y se deroga el anexo 4. Entre los cambios más destacados del documento se encuentran los siguientes: 

Reglas adicionadas 

 

 

Reglas derogadas 

 

 

 

 

 

Entre los principales cambios a las reglas vigentes se señalan los siguientes: 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Adicionalmente, se deberá obtener y conservar un escrito firmado por quien elaboró la documentación e información en el que se explique la consistencia o inconsistencia en la aplicación de las metodologías de precios de transferencia. 

 

Dicha información tendrá que obtenerse a más tardar en la fecha en que se presente la declaración del ejercicio fiscal en que fueron reconocidos dichos ajustes. 

               

 

 

 

 

 

 

 

Por otra parte, es importante señalar que la autoridad fiscal considerará la baja al padrón en caso de presentar aviso de suspensión de actividades o cualquier aviso de cancelación en el RFC. 

 

Finalmente, los contribuyentes que celebraron operaciones con aquéllos que se ubicaron en la presunción del artículo 69-B del CFF, podrán aplicar los estímulos fiscales de región fronteriza norte siempre que consideren su corrección como definitiva y no hubieran interpuesto algún medio de defensa en contra de la determinación de créditos fiscales del ISR e IVA. 

 

Criterios no vinculativos 

 

Impuesto sobre la renta

 

 

 

Impuesto al Valor Agregado

 

Criterios normativos 

 

 

En este sentido, en Soria Roldán y Asociados estamos a su disposición en caso de que requieran mayor información respecto a la aplicación o interpretación de las presentes reglas. 

 

Atentamente,

Cuitláhuac Soria De Anda | Fernando E. Roldan López

Socios

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