Boletín Fiscal: “Uso del CFDI de egresos”

CFDI de Egresos, SR y Asociados, Nota de Credito, ISR, CFF

El CFDI de Egresos (Nota de Crédito), es un comprobante fiscal a través del cual los contribuyentes amparan las operaciones relacionadas con devoluciones, descuentos, rebajas o bonificaciones, cuyo fundamento se encuentra establecido en los artículos 25, fracción I y 76, fracción II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), así como en el artículo 29, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF). El principal objetivo de este tipo de comprobantes es poder llevar a cabo la deducibilidad de los montos amparados bajo los mismos; no obstante, de acuerdo con la nueva versión de comprobantes fiscales (3.3), también puede ser utilizado para corregir o restar un comprobante de ingresos en cuanto a los montos que estos documentan.

La emisión de este tipo de comprobantes suele tener efecto fiscal hasta la declaración del ejercicio, ya que se trata de una de las deducciones autorizadas establecidas en el artículo 25 de la Ley del ISR.

Un error común en el cumplimiento fiscal de los contribuyentes es la utilización de este tipo de comprobantes fiscales para cancelar CFDI´s de Ingresos; sin embargo, cabe señalar que la cancelación de ingresos a través de este proceso no implica que el comprobante quede cancelado toda vez que, ante el sistema del SAT, el CFDI de Ingresos seguirá tendiendo el estatus de “Vigente”. 

Por ello, resulta importante señalar que, como parte de las medidas de vigilancia para el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales, a partir de enero de 2020 se establece la facultad a las autoridades fiscales para restringir temporalmente el uso de los Certificados de Sello Digital (CSD) para la emisión de los CFDI, entre las cuales se destaca la detección de que el ingreso declarado en los pagos provisionales, definitivos o anuales, no concuerde con lo manifestado en los CFDI expedidos; en este sentido en caso de aplicar los CFDI de Egresos como cancelaciones de comprobantes fiscales de ingresos, los ingresos declarados no corresponderán con los CFDI emitidos y por lo tanto, las autoridades fiscales en uso de sus facultados podrán considerarlo como posible causal para la restricción temporal de los CSD, situación que impactaría de forma negativa las operaciones de los contribuyentes.

En este contexto, para realizar la correcta cancelación de un CFDI de Ingresos, el procedimiento que debe seguirse es el siguiente:

Por otra parte, el uso de los comprobantes de Egresos resulta necesario para la aplicación de los CFDI´s de anticipo emitidos por los contribuyentes contra los CFDI´s que amparan el total de la operación, cuando se dio cualquiera de los siguientes supuestos para su expedición:

En este contexto, con la finalidad de no duplicar los ingresos facturados previamente como anticipos, los mismos deberán cancelarse mediante la emisión de un CFDI de Egresos de conformidad con la mecánica establecida en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 así como en la guía de llenado de CFDI´s.

Por lo anterior, resulta importante verificar que los contribuyentes cumplan de forma correcta con la emisión y recepción de sus comprobantes fiscales, por lo que en Soria Roldán y Asociados estamos a su disposición en caso de que requiera mayor información respecto de este y otros temas de interés.

 

Atentamente,

 

Soria Roldán y Asociados